SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

¿Para que necesitamos un seguro de Responsabilidad civil?

Para tener un seguro de protección patrimonial de la empresa, así como de sus socios, empleados o personal técnico con contrato laboral frente a reclamaciones, y posterior obligación de indemnizar, por haber causado daño a un tercero.

¿Cuáles son mis obligaciones?

  • Abonar el correspondiente precio, conforme a la forma pactada.
  • Con el fin de poder determinar el precio definitivo, el contratante/asegurado se obliga, dentro del mes siguiente a la fecha de las sucesivas prórrogas o de vencimiento del contrato, a facilitar al asegurador el importe de la facturación del asegurado en el último período de seguro transcurrido, aportando la documentación necesaria.
  • Declarar la existencia de un daño o una reclamación a la compañía, en un periodo máximo de 7 días desde el momento en que tenga conocimiento del mismo.
  • Comunicar a la compañía en el plazo más breve posible la existencia de una análoga cobertura bajo cualquier otro contrato con otra aseguradora, indicando el nombre de la misma, las garantías contratadas y su cuantía.
  • Declarar el riesgo previo a la contratación del seguro y durante la vigencia del contrato.

¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

Límite individual contratado y sublímites de cobertura fijados en las condiciones particulares.

Cantidad a cargo del asegurado en cada reclamación amparada en el objeto del seguro fijada en condiciones particulares.

¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

El seguro entra en vigor en el día y hora indicados en el suplemento de entrada en cobertura del contrato, siempre y cuando se haya satisfecho el pago correspondiente, y teminará en la hora y día que figura en dicho suplemento como fecha de finalización.

¿Dónde estoy cubierto?

Las garantías otorgadas por este seguro se extienden a las reclamaciones efectuadas durante la vigencia del contrato relativas a la Responsabilidad Civil por actuaciones profesionales de los asegurados realizadas y reclamadas exclusivamente en España, Andorra y Portugal.

¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?

El abono del primer pago o del pago único se realizará en el momento de la perfección del contrato y el abono de los sucesivos pagos se deberá hacer efectivo en las correspondientes fechas de finalización del contrato.

¿Cómo puedo rescindir el contrato?

Mediante notificación escrita a la otra parte, con una antelación mínima de UN MES a la próxima fecha de finalización del contrato.

GARANTÍAS ADICIONALES QUE PODEMOS CONTRATAR EN NUESTRA PÓLIZA

RC PATRONAL

Responsabilidad derviada de reclamaciones presentadas por trabajadores por daños corporales o muerte con ocasión de la actividad labora.

RC CRUZADA

Responsabilidad extracontractual por daños causados al resto de intervinientes.

RC POST-TRABAJOS

Responsabilidad derivada de daños ocasionados a terceros después de la recepción de los trabajos ejecutados.

RC PREEXISTENTE

Responsabilidad por daños causados a bienes, existentes y recepcionados antes de la intervención.

DIRECCIÓN JURÍDICA, FIANZAS CIVILES Y PENALES.

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